domingo, 10 de febrero de 2008

LA DEFENSORIA DEL CONTRIBUYENTE ANTE EL PLAN DE EVASION CERO

LA ACTUACIÓN DE LA DEFENSORÍA DEL CONTRIBUYENTE EN EL
MARCO DEL PLAN EVASIÓN CERO

El PLAN EVASIÓN CERO es una iniciativa permanente del SENIAT orientada a concientizar a la población sobre el cumplimiento de sus obligaciones tributarias, especialmente a los comerciantes e industriales, para reducir los niveles de evasión fiscal. Dentro de este PLAN, el SENIAT ha ejecutado numerosas actividades que van desde grandes embargos preventivos a jornadas masivas de divulgación tributaria.

Inicialmente, la Defensoría del Contribuyente, a ha estado presente como observadores en los procedimientos de Back Up de la información contenida en los equipos informáticos y maquinas fiscales incautadas a los contribuyentes en los grandes procedimientos de verificación del cumplimiento de los deberes formales ejecutados a los diversos sectores, tales como joyerías, peluquerías, panaderías, y establecimientos de ventas de línea blanca.

De estas actuaciones, la Defensoría ha mediado entre los funcionarios actuantes, la Gerencia General de Informática y los contribuyentes, para agilizar la entrega de los equipos, y en tal sentido, hemos recomendado el establecimiento de un criterio único sobre los equipos informáticos que tengan interés fiscal, los cuales pueden ser objeto de retención por parte del SENIAT. Es así como, por iniciativa del Intendente Nacional de Tributos Internos, se solicitó una consulta relativa a este punto a la Gerencia Jurídico Tributaria y a la Gerencia General de Informática.

Nuestra presencia como observadores en operativos de este tipo, es colaborar con el contribuyente en cualquier duda que se le pueda suscitar y resolver de ser posible en el momento, cualquier queja o reclamación sobre la actuación de los funcionarios.

Igualmente, se ha participado en diversas actuaciones de las Divisiones de fiscalización tanto de la Gerencia Regional de Tributos Internos de la Región Capital como de Contribuyentes Especiales, donde se han aplicado sanciones de clausura por incumplimiento de los deberes formales por un lapso de 3 días.

En cuanto a la imposición de estas sanciones, estamos solicitando a la Gerencia Jurídica Tributaria una consulta sobre la aplicación de las circunstancias atenuantes y agravantes establecidas en el COT.

Entre nuestras actuaciones dentro del PLAN EVASIÓN CERO, hemos participado y mediado en diversas reuniones con FEDEMERCA (Federación de Mercados de Caracas) e individualmente con cada junta directiva de las operadoras de los mercados que coordinan las actividades con los concesionarios.

Nuestras actividades con los Mercados se inician a partir de la reunión sostenida por el Superintendente Nacional Aduanero y Tributario ante las medidas de clausura aplicadas por la División de Fiscalización de la Gerencia Regional de Tributos Internos. En esa reunión se acordó, efectuar unas jornadas de sinceración y orientación en materia tributaria, antes de aplicar nuevas medidas sancionatorias y se indico la necesidad de iniciar un proceso de estudio de las actividades que se desarrollan en dichos mercados.

En vista a todo esto, instamos a la División de Asistencia al Contribuyente de la Región Capital, a que efectuara diversas jornadas masivas para inscribir a los concesionarios de los mercados en el Registro de Información Fiscal (RIF) y en el NIT como personas naturales.

COMO INTERPONER RECLAMOS ANTE LA DEFENSORIA DEL CONTRIBUYENTE

REQUISITOS PARA LA INTERPOSICIÓN DE
QUEJAS Y RECLAMOS DEL CONTRIBUYENTE

En cuanto a la presentación de las quejas, hay ciertos requisitos que todo contribuyente debe cumplir para acceder a este servicio, estos son:
La Veracidad de la información: El contribuyente debe colocar toda la información indicada en la Planilla de Tramitación de Queja, Reclamo y Sugerencia;
El Interés personal, legitimo y directo: Solo tramitará quejas y reclamos presentadas por el contribuyente y sus representantes legales ante el SENIAT;
La narración clara y precisa de la queja y reclamo.
La buena fe: No se tramitará ninguna queja, reclamo o sugerencia si se comprueba la mala fe por parte del contribuyente;
Las solvencias de impuestos: Para la tramitación de quejas, reclamos y sugerencias, se solicitará al contribuyente, la documentación necesaria para comprobar el cumplimiento de sus deberes;

Es importante destacar, que las quejas, reclamos y sugerencias presentadas por el contribuyente o su representante legal, ante la División de Defensoría del Contribuyente no tendrán en ningún caso carácter de recurso administrativo o suspenderán el transcurso de los plazos o lapsos establecidos en la ley para la tramitación y resolución de cualquiera de los procedimientos, ni tampoco lo exime del cumplimiento de sus obligaciones tributarias.

Igualmente, las respuestas emanadas de la División de Defensoría del Contribuyente no serán susceptibles de ningún recurso administrativo o judicial. Es Importante destacar, que nuestras resoluciones, recomendaciones y demás actos no poseen carácter vinculante, por lo tanto, no podrían ser susceptibles de ningún recurso, puesto que no crean ni eliminan derechos u obligaciones para los contribuyentes o la Administración.

HERRAMIENTAS DE TRABAJO DE LA
DEFENSORÍA DEL CONTRIBUYENTE

La investigación

La primera atribución de la División, es la de recibir, analizar y tramitar todas las quejas y reclamos de los contribuyentes. Esto implica, que para ello es necesario, efectuar investigaciones sobre el asunto objeto de la queja o reclamación.

En sus investigaciones, la Defensoría del Contribuyente solicitara información sobre las actuaciones del SENIAT a las dependencias responsables de la acción u omisión que ha sido objeto de la queja o reclamo del contribuyente.

La información suministrada por las dependencias operativas del SENIAT es de suma importancia para la resolución de las quejas o reclamos, ya que nos aportara los detalles del caso que nos permitirán brindar a nuestros contribuyentes una oportuna y adecuada respuesta.
Mediación y Conciliación

Una vez establecidos con claridad los hechos objeto de la queja o reclamo del contribuyente, se procede a buscar las posibles soluciones, entre el afectado, y la dependencia encargada de solventarla. Para ello, es necesario llegar a un acuerdo entre el contribuyente y la Administración Tributaria.

En tal sentido, la mediación sirve como herramienta de trabajo de la División de Defensoría del contribuyente como una Intervención para tranquilizar los ánimos de las partes en la controversia suscitada entre el Fisco y los contribuyentes afectados.

Ahora bien, la medición es una acción que se efectúa junto con la conciliación, que vienen a ser son todas aquellas acciones desempeñadas con el animó de componer y ajustar las dos voluntades opuestas.

La División de Defensoría del Contribuyente, no esta facultada para emprender litigios o interponer recursos, sino que formula propuestas para la pronta y efectiva solución de las quejas presentadas por los contribuyentes afectados, por una arbitrariedad, abuso o retardo injustificado en las diversas tramitaciones que los contribuyentes gestionan ante el SENIAT.

Hasta la fecha, la División ha mediado entre la Administración Tributaria y los contribuyentes que reclaman una oportuna respuesta a sus solicitudes. Como resultado, hemos obtenido, convenimientos de pago, suspensión de negativas a recibir liquidaciones de impuestos y agilización de diversos trámites, entre los que encontramos mayormente las solvencias de los impuestos sucesorales.

QUE ES LA DEFENSORIA DEL CONTRIBUYENTE

La Defensoría del Contribuyente.-

La primera idea de una instancia que solucione las quejas de los contribuyentes, surge a raíz de una conferencia organizada por el Centro Interamericano de Administraciones Tributarias (CIAT) donde se trato el tema de la defensa del contribuyente, la cual fue reforzada en marzo de 2002 con la visita al SENIAT del catedrático Gabriel Casado, quien es miembro del Consejo de Defensa del Contribuyente de España. Durante su estadía el profesor Casado, manifestó la necesidad de que la Administración Tributaria no use en primera instancia la fuerza, sino que debe emplear la persuasión para conseguir la creación de una cultura tributaria.

Como ya he expresado, los nuevos modelos de gestión tributaria, desarrollados a nivel mundial, se fundamentan en la idea de incentivar el cumplimiento voluntario de las obligaciones tributarias, rompiendo con los viejos esquemas burocráticos incomunicados horizontalmente.

Las Administraciones Tributarias, para incentivar el cumpliendo voluntario de las obligaciones tributarias deben de estar cada vez mas al contacto con el ciudadano, ampliando los servicios de orientación dirigidos al contribuyente, simplificando los procedimientos y dando respuesta oportuna a las solicitudes presentadas por los contribuyentes.

En este nuevo marco doctrinario internacional, se crea en el SENIAT la Defensoría del Contribuyente, como un mecanismo de garantía a los derechos del contribuyente. Esta nueva dependencia establece un vínculo para mejorar la calidad y eficiencia de los servicios prestados, estableciendo canales de comunicación entre el SENIAT y los contribuyentes.

La División de Defensoría del Contribuyente del Servicio Nacional Integrado de Administración Aduanera y Tributaria esta adscrita a la Oficina de Divulgación Tributaria y Aduanera. Fue creada mediante la Providencia Administrativa No. 2205 publicada en la Gaceta Oficial No.37.780 de fecha 22/09/03 con la misión de recibir, analizar y tramitar de todas las quejas, reclamos y sugerencias de los contribuyentes relacionados con la actuación del SENIAT en aquellos casos en donde se vulneren derechos y garantías constitucionales de estos.

Nosotros SENIAT, tenemos el compromiso de vigilar porque todas las actuaciones estén enmarcadas dentro del marco constitucional y legal vigente, para de una manera eficaz y efectiva castigar la evasión fiscal y el contrabando, sancionándolos en la forma y tiempo adecuados.

Misión.-

La misión de la División de Defensoria del Contribuyente es salvaguardar los derechos y garantías del contribuyente en los procedimientos aplicados por la administración tributaria y aduanera, buscando mejorar la celeridad y eficacia en la resolución de reclamos y quejas, para así prestar un servicio de calidad.







Atribuciones.-
Ahora bien, las atribuciones de la División de Defensoría del Contribuyente son las siguientes:

Recibir, analizar y tramitar todas las quejas, reclamos y sugerencias de los contribuyentes relacionados con la actuación del SENIAT, en aquellos casos donde se vulneren los derechos y garantías constitucionales de los contribuyentes;
Efectuar recomendaciones en las materias referidas a los derechos y garantías constitucionales del contribuyente a las dependencias del SENIAT, en aquellos casos donde sea necesaria la aplicación de correctivos;
Asesorar al Superintendente del Servicio Nacional Integrado de Administración Aduanera y Tributaria en la materia de su competencia;
Elaborar, conjuntamente con el Centro de Estudios Fiscales, programas de educación y divulgación relacionados con los derechos y garantías constitucionales del contribuyente y su perspectiva desde el derecho tributario.

VISION DE LA DEFENSORIA DEL CONTRIBUYENTE

VISIÓN GENERAL DE LA DEFENSORÍA DEL CONTRIBUYENTE Y
SUS ACTUACIONES DENTRO DEL PLAN EVASIÓN CERO[1]

Introducción

La Defensoría del Contribuyente, es una instancia de la Administración Tributaria, que nace con la misión de salvaguardar los derechos y garantías de estos, como un medio indispensable para canalizar las quejas de los contribuyentes de forma directa y personal con la propia Administración.

Ante el Poder de actuación de la Administración Pública, que afecta la esfera jurídica de los ciudadanos, en algunos casos creando o garantizando derechos, y otras veces actuando con carácter de superioridad en la reglamentación de las actividades de los administrados. Como podemos observar, el ejercicio de este Poder no es algo perfecto, es perfectible.

Es una función primordial del Estado, garantizar el bienestar social, la seguridad jurídica y la igualdad. La seguridad jurídica es uno de los elementos fundamentales del Estado de Derecho, los ciudadanos tienen que ser capaces de prever posibles injerencias de la parte del Estado que les puedan afectar y de comportarse de manera adecuada. Seguridad Jurídica significa para el ciudadano en primer lugar la protección de la confianza legítima.

En materia tributaria, el principio de seguridad jurídica implica a su vez, certeza tributaria. El impuesto que cada ciudadano esta obligado a pagar debe ser cierto y no arbitrario. El tiempo, la manera, la cantidad del pago deben ser todos claros y simples para todos.

La Administración Tributaria no debe ser un organismo netamente recaudador con una organización rígida, sino que la tendencia moderna actual es, estar cada día más cerca del contribuyente, con la idea de incentivar el cumplimiento voluntario de las obligaciones tributarias.

Dentro de este nuevo esquema de gestión tributaria, se genera la necesidad de estrechar los vínculos con los Contribuyentes, con la idea de que estos puedan recibir atención a sus quejas y orientación ante sus dudas. Es así como comienzan a estructurarse en diversos países a nivel mundial los Ombudsmans Tributarios como instancias de ayuda y asistencia al contribuyente.

Es así como nos encontramos con esta figura en los Estados Unidos (1996, Taxpayer Advocate), en España (1996, Consejo de Defensa del Contribuyente), El Salvador (1998, Defensoria del Contribuyente), Colombia (1999, Defensoría del Contribuyente y Usuario Aduanero), Perú (2001, Gerencia de Defensoria del Contribuyente), Argentina (2001, Defensoria del Contribuyente).

Justificación.-

Ahora bien, en Venezuela la iniciativa de una Defensoría del Contribuyente nace con la vigencia de la Constitución de 1.999, que establece un nuevo sistema de protección de derechos y garantías del los ciudadanos, reconociéndose y garantizando entre otros principios, el de progresividad y protección integral, conforme al cual el Estado garantizará a toda persona natural o jurídica, sin discriminación alguna, el respeto, el goce y ejercicio irrenunciable indivisible e interdependiente de tales derechos.

En tal sentido, nuestra nueva Carta Magna en su artículo 316, sostiene que el sistema tributario procurará la justa distribución de las cargas públicas según la capacidad económica del contribuyente atendiendo al principio de progresividad en materia tributaria, así como a la protección de la economía nacional y a la elevación del nivel de vida de la población, debiendo sustentarse para ello en un sistema eficiente para la recaudación de los tributos.

Igualmente, el artículo 311 constitucional dispone que la gestión fiscal estará regida y será ejecutada con base a los principios de eficiencia, solvencia, transparencia, responsabilidad y equilibrio. En este caso, la Defensoría del Contribuyente es de gran importancia, por constituir una ampliación de las garantías en el sistema tributario venezolano.

La Defensoría del Contribuyente, es una instancia que busca ampliar la protección los derechos del contribuyente y su participación en los procedimientos tributarios y, por otro lado, refuerza las obligaciones de la Administración Tributaria, en pos de conseguir una mayor celeridad en sus resoluciones y cumplir con sus deberes hacia el contribuyente.

Igualmente, a todas estas justificaciones de orden Constitucional, se le suma la obligación de la Administración Tributaria contenida en el artículo 137 numeral 5 del Código Orgánico Tributario, a proporcionar la debida asistencia a los contribuyente o responsables, en tal sentido, tiene el deber expreso de difundir los recursos y medios de defensa que el contribuyente pueda hacer valer contra los actos administrativos de efectos particulares dictados por la Administración Tributaria, que los afecten.

[1] Ponencia preparada para Iroshima Bravo, Jefe de División de Defensoría del Contribuyente para el Seminario “Plan Evasión Cero del SENIAT y los Derechos de los Contribuyentes”. ASODEFI Febrero 2004.